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ToggleArgentina regula a los proveedores de servicios de activos virtuales desde marzo de 2024, cuando la Ley 27.739 incorporó la figura del PSAV a su ley antilavado. La Comisión Nacional de Valores administra el registro obligatorio, y desde marzo de 2025 la Resolución General 1058 amplió ese marco con requisitos de patrimonio, custodia, ciberseguridad y obligaciones de Travel Rule que ya son exigibles para todos los PSAV registrados.
Qué es un PSAV según la Ley 27.739
La Ley 27.739, publicada en el Boletín Oficial el 15 de marzo de 2024, incorporó la definición de proveedor de servicios de activos virtuales al artículo 4 bis de la Ley 25.246, la norma que regula la prevención del lavado de activos en Argentina. Con eso, cualquier persona humana o jurídica que preste como negocio uno o más servicios relacionados con activos virtuales para terceros quedó dentro del radar de la CNV y de la Unidad de Información Financiera.
El decreto 254/2024 promulgó parcialmente la ley, y desde entonces el marco se construyó en capas: primero la definición legal, después el registro operativo, y finalmente el desarrollo regulatorio detallado que llegó con la RG 1058/2025.
Qué actividades quedan cubiertas como PSAV en Argentina
La norma no deja espacio para interpretaciones sueltas. Cubre cinco tipos de actividad cuando se prestan como negocio para otra persona: el intercambio entre activos virtuales y moneda de curso legal, el intercambio entre distintos tipos de activos virtuales, la transferencia de activos virtuales, la custodia o administración de activos virtuales o de los instrumentos que dan control sobre ellos, y la participación o provisión de servicios financieros ligados a la oferta o venta de un activo virtual.
Un exchange que permite comprar cripto con pesos, una billetera que custodia fondos de terceros o una plataforma que facilita transferencias entre usuarios encajan directamente en esta definición.
Qué exige el registro ante la Comisión Nacional de Valores
El Registro de PSAV nació con la Resolución General 994/2024 del 25 de marzo de 2024, la primera norma específica de la CNV sobre el tema. Ahí quedó establecido que toda persona física o jurídica residente o establecida en Argentina que preste servicios PSAV debe inscribirse antes de empezar a operar. Las entidades extranjeras también quedan alcanzadas si tienen un punto de contacto con el país, un criterio que la CNV definió con parámetros concretos para evitar que plataformas offshore operen sin supervisión simplemente por no tener oficina local.
Operar sin este registro no es una zona gris. La normativa prohíbe expresamente que proveedores no inscriptos presten estos servicios en Argentina.
Qué cambió con la Resolución General 1058/2025
El 12 de marzo de 2025 la CNV sancionó la Resolución General 1058, publicada en el Boletín Oficial dos días después. Esta norma no reemplazó el registro de la RG 994/2024, lo amplió con un marco regulatorio integral: requisitos de patrimonio mínimo, reglas de gobierno corporativo, controles de ciberseguridad, condiciones para la custodia de activos de clientes, obligaciones de transparencia frente a los usuarios y deberes de protección al consumidor.
La resolución también aclaró qué queda fuera del alcance del registro. Las wallets de autocustodia y los protocolos sin un proveedor identificable no requieren inscripción, porque no hay una entidad central que preste el servicio para un tercero. La mayoría de las obligaciones del Capítulo III de la RG 1058, que es donde vive buena parte de este marco operativo, se volvieron exigibles para los PSAV ya registrados a partir del 31 de diciembre de 2025.
Cómo se conecta esto con el Travel Rule
La base legal del registro de PSAV en Argentina se apoya en la Recomendación 15 del GAFI, la que exige a los países supervisar y registrar a los proveedores de servicios de activos virtuales. El componente específico de Travel Rule, es decir la obligación de que los datos del ordenante y del beneficiario viajen junto con cada transferencia, aparece de forma explícita en la Resolución 49/2024 de la Unidad de Información Financiera, publicada el mismo día que la RG 994/2024.
Esa resolución obliga a los PSAV a implementar un programa de gestión de riesgo basado en un enfoque de riesgo, designar un oficial de cumplimiento responsable de la prevención de lavado de activos, y reportar de forma sistemática las operaciones con activos virtuales que igualen o superen los 6 salarios mínimos vitales y móviles, además de alinear sus procesos con las obligaciones de Travel Rule. En la práctica, esto sitúa a Argentina un paso más adelante que Colombia en la implementación concreta del estándar del GAFI, porque combina registro obligatorio, supervisión activa y la exigencia explícita de trazabilidad entre proveedores.
El Banco Central también participa del esquema, aunque desde otro ángulo. Mantiene lo que en la práctica funciona como un perímetro de pagos: los proveedores de servicios de pago y los bancos no pueden facilitar operaciones cripto dentro de sus propias aplicaciones, lo que mantiene las rampas de entrada y salida de dinero concentradas en los canales PSAV ya regulados.
Existen excepciones al registro obligatorio
No todo el que toca un activo virtual necesita registrarse como PSAV. La normativa excluye a quienes realizan estas actividades de forma no habitual o no profesional, y a las wallets de autocustodia sin un proveedor identificable detrás. El punto de corte no es un monto fijo publicado como tal, sino la combinación de habitualidad, prestación del servicio a terceros y presencia de un proveedor identificable en la operación, los mismos criterios que definen si alguien actúa como negocio o como usuario individual.
Cómo opera Fluyez bajo este marco en Argentina
Para una plataforma que ya opera bajo supervisión regulatoria en otros mercados, adaptarse al esquema argentino significa sumar capas específicas: patrimonio mínimo verificable, un oficial de cumplimiento dedicado, y procesos de identificación que permitan reportar operaciones desde el umbral que fija la UIF. Fluyez aplica estos controles como parte de su operación en Argentina, en línea con el mismo estándar de trazabilidad que ya sostiene en los mercados donde opera bajo el respaldo de Bit2Me.
Esto tiene una consecuencia directa para quien mueve dinero de forma frecuente o en montos altos: trabajar con un PSAV registrado no es solo una casilla legal que se marca, es la garantía de que, si algo sale mal en una transferencia, existe una entidad identificable y supervisada del otro lado.
Preguntas frecuentes
La Ley 27.739 creó directamente el Travel Rule en Argentina No exactamente. La ley incorporó la definición de PSAV y le dio a la CNV la facultad de regularlos. La obligación específica de Travel Rule, es decir el intercambio de datos del ordenante y el beneficiario, quedó establecida en la Resolución 49/2024 de la UIF.
Cualquier persona que reciba criptomonedas debe registrarse como PSAV No. El registro aplica a quien presta estos servicios como negocio para terceros. Quedan fuera las wallets de autocustodia sin proveedor identificable y quienes no operan de forma habitual ni profesional.
Desde cuándo son exigibles las obligaciones de la RG 1058/2025 La mayoría de las obligaciones del Capítulo III, que incluye buena parte del marco operativo, se volvieron exigibles para los PSAV ya registrados a partir del 31 de diciembre de 2025.
Una plataforma extranjera sin oficina en Argentina puede operar sin registrarse Depende de si tiene un punto de contacto con el país, un criterio que la CNV definió con parámetros propios. Una plataforma que dirige activamente su oferta a usuarios argentinos puede quedar alcanzada aunque no tenga presencia física local.









