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- Las personas morales están obligadas a declarar sus criptomonedas como activos virtuales bajo la LISR y la Ley Fintech.
- El ISR aplica al 30% sobre la ganancia realizada; el IVA depende del tipo de operación.
- Cada transacción debe registrarse en pesos al tipo de cambio del SAT en la fecha de operación.
- No declarar puede derivar en multas de hasta el 75% del impuesto omitido más recargos mensuales.
- Plataformas como Fluyez generan reportes de operaciones que simplifican la declaración fiscal.
El SAT ya sabe que tu empresa opera con cripto. No es una advertencia vaga: desde que entró en vigor la Ley Fintech en 2018, los exchanges regulados en México están obligados a reportar las operaciones de sus clientes a la autoridad fiscal. Si tu persona moral compró, vendió o recibió pagos en criptomonedas, el fisco tiene acceso a esa información. La pregunta no es si declarar, sino cómo hacerlo correctamente.
México es uno de los mercados con mayor adopción de criptoactivos en Latinoamérica. Más del 12% de la población adulta ha usado criptomonedas en algún momento, y la adopción empresarial crece con fuerza, especialmente entre empresas que reciben pagos internacionales en USDT o mantienen reservas en Bitcoin. Sin embargo, la mayoría de esas empresas no tiene claro cómo cumplir con sus obligaciones fiscales. Esta guía cubre todo lo que necesitas saber: qué dice la ley, qué impuestos aplican a las criptomonedas para tu empresa, cómo registrar las operaciones contablemente, y cuáles son los pasos concretos para presentar tu declaración anual de criptomonedas como persona moral.
¿Las personas morales están obligadas a declarar criptomonedas ante el SAT?
Sí, las personas morales están obligadas a declarar sus criptomonedas ante el SAT. El fundamento legal está en el artículo 76 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), que establece que las personas morales deben reportar todos sus ingresos acumulables, incluidos los provenientes de activos virtuales. Adicionalmente, la Ley Fintech (Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera) obliga a los exchanges a informar al fisco sobre las operaciones de sus clientes de forma periódica.
¿Qué es un activo virtual según el SAT?
El Código Fiscal de la Federación y la CNBV definen los activos virtuales como representaciones de valor registradas electrónicamente que no son moneda de curso legal y que sirven como medio de pago o reserva de valor. Bajo esta definición entran Bitcoin, Ethereum, USDT y prácticamente cualquier criptomoneda o token que opere en una blockchain.
No importa si tu empresa compró cripto como inversión, si la recibió como pago por servicios o si la usa para pagos internacionales: todas esas operaciones tienen implicaciones fiscales. La obligación existe desde 2018, pero el SAT ha intensificado las revisiones en 2024 y 2025. Los principales exchanges del mercado mexicano ya comparten datos con la autoridad de forma rutinaria.
Para entender mejor el marco legal completo, consulta nuestra guía sobre Ley Fintech México: qué deben saber las empresas en 2025 y las diferencias fiscales entre persona física y persona moral en cripto.
Fuente legal: Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, DOF
¿Qué impuestos aplican a las criptomonedas para personas morales en México?
Dos impuestos son los protagonistas cuando una persona moral opera con cripto: el ISR (Impuesto sobre la Renta) y el IVA (Impuesto al Valor Agregado). Su aplicación depende del tipo de operación, no del tipo de criptomoneda.
ISR: cuándo y cuánto paga tu empresa
El ISR de criptomonedas para personas morales aplica sobre la ganancia obtenida. La ganancia se calcula restando el costo de adquisición en pesos del precio de venta o del valor de mercado al momento de usar la cripto. La tasa para personas morales es del 30% sobre la utilidad fiscal, igual que para cualquier otro ingreso acumulable.
El ingreso se acumula en el momento en que se realiza la operación: cuando vendes, cuando recibes cripto como pago por un servicio, o cuando intercambias una criptomoneda por otra. La tenencia pasiva no genera evento fiscal. Si tu empresa tiene Bitcoin en cartera y no hace nada con él, no hay impuesto que declarar todavía.
IVA: cuándo aplica y cuándo no
El IVA en criptomonedas en México es el punto que más confusión genera. La compra y venta de criptomonedas entre empresas no causa IVA por sí misma, ya que el SAT las clasifica como activos y no como bienes o servicios sujetos a este impuesto. Sin embargo, si tu empresa presta servicios y acepta cripto como forma de pago, el IVA sigue aplicando sobre el valor del servicio, exactamente igual que si el pago fuera en pesos.
Lo importante es emitir el CFDI por el valor en pesos al tipo de cambio del día, independientemente de que el pago se haya hecho en Bitcoin, Ethereum o USDT.

Tabla: tratamiento fiscal por tipo de operación
| Tipo de operación | ISR | IVA |
|---|---|---|
| Compra de criptomonedas como inversión | No aplica (aún) | No aplica |
| Venta de criptomonedas | Sí, 30% sobre ganancia | No aplica |
| Recepción de pago en cripto por servicio | Sí, ingreso acumulable | Sí, sobre valor del servicio |
| Intercambio cripto por cripto (swap) | Sí, se realiza la ganancia | No aplica |
| Staking (rendimientos recibidos) | Sí, ingreso acumulable al recibirlos | Depende del acuerdo |
| Pago a proveedor en cripto | Deducción posible con CFDI | No aplica |

¿Cómo se registran contablemente las criptomonedas en una empresa?
La contabilidad de criptomonedas para empresas en México no cuenta con una NIF específica todavía, pero el criterio más aplicado es registrarlas como activos intangibles o como activos financieros, dependiendo del propósito con que se mantienen en la empresa.
Valuación y método de registro
El principio básico es registrar cada operación al valor en pesos vigente en la fecha de la transacción. Para hacer la conversión se usa el tipo de cambio publicado en el portal del SAT conforme al artículo 20 del Código Fiscal de la Federación, que para activos virtuales remite al valor de cotización en los mercados reconocidos.
El método más aceptado es FIFO (primeras entradas, primeras salidas): las primeras unidades que compraste son las primeras que se consideran vendidas. Esto determina el costo de adquisición de las unidades que estás vendiendo en cada operación. Si compraste 1 BTC a 800,000 pesos y después otro a 1,200,000 pesos, el primero que uses en una venta tiene costo de 800,000 pesos.
Diferencias cambiarias
Si tu empresa mantiene USDT u otra stablecoin vinculada al dólar, también debes registrar las diferencias cambiarias que surgen entre la fecha de adquisición y la fecha de uso o venta. Estas diferencias se acumulan como ingreso o se deducen como pérdida según corresponda. El tratamiento es idéntico al de cualquier activo denominado en moneda extranjera.
CFDI y soporte documental
Toda transacción que involucre un pago de tu empresa a un proveedor, o un cobro a un cliente, debe respaldarse con CFDI. No existe un tipo de CFDI específico para cripto: se emite el comprobante normal por el importe en pesos equivalente, especificando en el campo de descripción que el pago se realizó en la criptomoneda correspondiente.
Guarda también los estados de cuenta de tu exchange y el historial de transacciones exportado. El SAT puede solicitarlos en una revisión de gabinete. Aprende cómo abrir una cuenta empresarial para operar con criptomonedas en México y tener todo en orden desde el inicio.
Referencia: Resolución Miscelánea Fiscal vigente, SAT

Pasos para declarar activos virtuales en la declaración anual de persona moral
La declaración anual de criptomonedas de una persona moral se presenta dentro de la declaración anual general del ejercicio, con vencimiento el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio que se declara. No hay una sección separada para cripto: los ingresos y deducciones se integran a los rubros correspondientes.
Paso 1. Descarga el historial completo de transacciones de tu exchange
Obtén el reporte anual de todas las operaciones realizadas: compras, ventas, recepción de pagos, swaps y rendimientos por staking. Si operaste en más de un exchange, necesitas los reportes de todos ellos.
Paso 2. Convierte cada operación a pesos mexicanos
Usa el tipo de cambio publicado por el SAT en la fecha exacta de cada transacción. Para Bitcoin y Ethereum, el valor de referencia es la cotización en los mercados reconocidos por la autoridad.
Paso 3. Calcula la ganancia o pérdida por operación
Resta el costo de adquisición en pesos del valor de realización. Si vendiste Bitcoin equivalente a $1,800,000 pesos y lo habías adquirido por $1,200,000 pesos, tu ganancia acumulable es $600,000 pesos.
Paso 4. Suma todos los ingresos acumulables del ejercicio
Agrupa las ganancias de todas las operaciones con cripto del año. Si también recibiste pagos en cripto por servicios prestados, esos montos también se incluyen aquí.
Paso 5. Aplica las pérdidas como deducción
Las pérdidas en operaciones con criptomonedas son deducibles contra las ganancias del mismo ejercicio. Documenta cada pérdida con el historial de transacciones del exchange.
Paso 6. Captura los ingresos en la declaración anual
En el sistema del SAT para Declaración Anual de Personas Morales, los ingresos por cripto se registran bajo el rubro de ingresos acumulables. No hay campo específico para activos virtuales: se integran al total de ingresos del ejercicio junto con el resto de las actividades de la empresa.
Paso 7. Presenta antes del 31 de marzo
Si detectas que omitiste ingresos por cripto en ejercicios anteriores, puedes presentar declaraciones complementarias para corregir la situación antes de que el SAT inicie una revisión formal.
Consulta el portal oficial del SAT para validar los formularios vigentes: sat.gob.mx

¿Qué pasa si no declaro las criptomonedas? Multas y riesgos
El SAT tiene acceso a los datos de transacciones de todos los exchanges regulados en México. Si tu empresa operó con cripto y no lo declaró, existe una probabilidad real de que el fisco ya cuente con esa información. Regularizarte con una declaración complementaria siempre es menos costoso que esperar una revisión formal.
Las multas del SAT por no declarar criptomonedas como persona moral pueden ser significativas. El Código Fiscal de la Federación establece multas que van del 55% al 75% del impuesto omitido, más recargos del 1.47% mensual sobre el saldo insoluto. En operaciones de volumen relevante, eso se convierte rápidamente en una deuda fiscal importante.
Más allá de la multa, el riesgo real es una revisión electrónica. El SAT cruza los datos reportados por los exchanges con la información declarada por los contribuyentes. Si hay una discrepancia, el proceso inicia con una carta invitación, pero puede escalar a un crédito fiscal formal con consecuencias legales y patrimoniales para la empresa y sus socios.
La Ley Fintech establece que las Instituciones de Tecnología Financiera autorizadas por la CNBV deben reportar las operaciones de sus usuarios al SAT de forma periódica. Si tu empresa usó cualquier exchange regulado en México, el SAT tiene esa información. La recomendación es clara: regularizar antes de que la autoridad detecte la omisión.
Preguntas frecuentes sobre criptomonedas y SAT para empresas
¿El SAT puede saber si mi empresa tiene criptomonedas?
Sí. Los exchanges regulados bajo la Ley Fintech están obligados a reportar al SAT las operaciones de sus usuarios, incluyendo montos, fechas y tipo de transacción. El fisco cruza esos datos con tu declaración de forma automatizada.
¿Las stablecoins como USDT se declaran igual que Bitcoin?
El tratamiento fiscal es el mismo: ambas son activos virtuales SAT según la definición del Código Fiscal. Sin embargo, el USDT tiene menos variación de valor, lo que simplifica el cálculo de diferencias cambiarias. El ingreso se acumula cuando se realiza la operación (venta, pago, swap) no por el simple hecho de tener USDT en cartera. Consulta qué es el USDT y cómo usarlo en tu empresa para más detalle.
¿Hay IVA en la compra de criptomonedas?
No. La compra de criptomonedas como activo no causa IVA. El IVA en criptomonedas en México aplica cuando tu empresa presta servicios o vende bienes y recibe cripto como pago: el impuesto se calcula sobre el valor del servicio expresado en pesos, no sobre la criptomoneda en sí.
¿Qué pasa si recibo pagos en USDT como empresa?
Si tu empresa recibe USDT por servicios prestados, ese ingreso se acumula en el momento del pago al tipo de cambio vigente. Debes emitir el CFDI correspondiente en pesos y registrar el ingreso en contabilidad. Desde el punto de vista fiscal, es equivalente a recibir un pago en dólares americanos.
¿El staking genera ingresos acumulables?
Sí. Los rendimientos por staking son ingresos acumulables en el momento en que los recibes, registrados al valor en pesos a la fecha de recepción. Si posteriormente el valor de esas criptomonedas baja, la pérdida solo se realiza cuando las vendes o usas, no antes.
¿Puedo deducir pérdidas en operaciones con cripto?
Las pérdidas en operaciones con criptomonedas son deducibles contra las ganancias del mismo ejercicio. No se pueden aplicar contra otros tipos de ingresos de la empresa ni trasladarse a ejercicios futuros de forma directa.
Declara tus criptomonedas con orden y sin sorpresas
Declarar criptomonedas como persona moral no es más difícil que declarar cualquier otro activo financiero. Lo que complica el proceso es la falta de documentación: empresas que no guardaron los estados de cuenta de su exchange, que no registraron el tipo de cambio en cada operación, o que mezclaron transacciones personales y empresariales en la misma wallet.
El punto de partida es simple: trata cada operación con cripto igual que una operación financiera convencional. Documenta, registra en pesos al tipo de cambio del SAT, emite el CFDI cuando corresponda, y acumula el ingreso en el ejercicio en que se realizó la operación.
Si tu empresa opera con USDT u otras criptomonedas de forma regular, considera usar una plataforma que genere reportes de operaciones listos para tu contador. Fluyez está diseñada para que personas morales en México operen con dólares digitales de forma regulada, con visibilidad completa de cada transacción y los datos necesarios para tu declaración fiscal anual.
Operar con cripto de forma ordenada no es opcional. El marco legal es claro, el SAT tiene los datos, y las consecuencias de no cumplir son reales. La buena noticia es que el proceso, bien documentado, es completamente manejable.









